Ex Alcaldesa reclama descuento del ISR en pensión y pide amparo

COSA JUZGADA SONORA / La Verdad Sonora

María del Rosario Quintero Borbón, la ex presidenta municipal de Navojoa, solicitó un amparo para combatir la decisión de las autoridades hacendarias de cobrarle el gravamen

CAJEME, Son.- La ex Alcaldesa de Navojoa, María del Rosario Quintero Borbón, ha iniciado una lucha legal para evitar que la Secretaría de Hacienda le descuente la proporción que corresponde del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de su pensión por jubilación.

De acuerdo con el expediente número 2514/2023 radicado en el Juzgado Octavo de Distrito de Sonora la funcionaria solicitó un amparo contra los descuentos efectuados por el Gobierno Federal de su pensión por jubilación.

La demanda fue iniciada el 7 de septiembre del 2023 alegando que la disposición violaba los artículos 1, 5, 14, 16, 17, 31 fracción IV y 123 apartado A fracción XXVII, inciso h), fracción XXIX, apartado B, fracción XI, inciso a) y el 127.

El reclamo se hizo en contra del Isssteson, Secretaría de Hacienda y el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De acuerdo con la demanda de amparo la ex Alcaldesa sostiene que la pensión está libre de gravamen por lo cual no debe cobrarse.

Además sostiene que es inconstitucional cobrar el ISR por la pensión al no existir el objeto del gravamen dentro de la Ley del ISR, ya que no se prevé un capítulo relativo al gravado de pensiones.

En sus argumentos asentados en la demanda la ex funcionaria agrega que al descontarles a los ciudadanos el ISR sobre su pensión, se viola el principio de equidad fiscal, pues a los pensionados de las fuerzas armadas no se les aplica este impuesto.

Además, agrega, la falta de fundamentación y motivación con la que se aplica el descuento del ISR a su pensión y/o jubilación, ya que en el talón de pago no se establece ningún fundamento relativo a la aplicación de este impuesto.

“La aplicación del ISR a mi pensión, no obstante la misma es calculada con base en una estructura de beneficio definido de conformidad a las fórmulas determinadas en la Ley de Isssteson, por lo que no se puede justificar constitucionalmente la posibilidad de hacer descuentos sobre las pensiones, incluido el Impuesto sobre la Renta, puesto que la actualización del estatus de pensionado o pensionista debe ser suficiente para darme acceso de forma íntegra a los montos de pensión que se fijaron de forma previa”, refiere la demandante.

El Juez Octavo de Distrito admitió el 8 de septiembre la petición, lo cual generó una primera revisión del caso, pues la Secretaría de Hacienda, vía el Director General de Amparos contra Leyes de la Secretaría de Hacienda, impugnó esta determinación.

Sin embargo, el 21 de febrero del 2024, el Cuarto Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa, resolvió que la Queja solicitada por Hacienda era infundada y la rechazó.

El caso se resolvió bajo el número de expediente 9/2023 y fue votado de manera unánime por los magistrados Gabriel Alejandro Palomares Acosta, Luis Fernando Zúñiga Padilla y Raúl Alberto Romo Ricaud.

El proceso ha contado con otras tres apelaciones, la última de las cuales está en proceso de revisión y resolución.

Este es el proceso número 495/2024 radicado el 15 de marzo de ese año en el Cuarto Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa de Sonora.